
[img]https://i.imgur.com/9CnSane.jpeg[/img]
Luego de la polémica que había despertado en su oportunidad el pedido de los parientes de que el hombre fuera desconectado la justicia ordenó en fallo dividido que el hospital Municipal de Urgencias de la capital provincial le retirara la asistencia respiratoria al paciente
Después de permanecer internado dos meses en la terapia el jardinero había sido derivado a sala común con el diagnóstico médico de actividad cerebral negativa
Ante este panorama desalentador se hizo reserva del derecho al recurso de "muerte digna" (Ley Nacional 26742) que permite "retirar el soporte que mantiene con vida a un enfermo terminal con su consentimiento o el de su familia transmitiendo su voluntad"
En su alegato los familiares remarcaron que el paciente tiene inactividad en la parte superior del cerebro desde hace más de seis meses y reforzaron su pedido con el informe de dos comités de bioética que certificaron la condición de salud irreversible
Cabe comentar la decisión de la vocal María Inés Ortiz de Gallardo que votó en contra del fallo y que sostuvo "que los procedimientos seguidos permiten ejercer plenamente la defensa y que no se cumplen los requisitos médico-legales"
- Compartir en:

Otros posts que te van a interesar:
1 Comentarios
Cargando comentarios espera un momento...
No tienes permisos para comentar.
Para poder comentar necesitas estar Registrado. O.. ya tienes usuario? Logueate!